APRUEBA ORDENANZA QUE ESTABLECE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE DEPOSITO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DESDE CALLE SANTOS DUMONT HACIA EL SUR

      Ordenanza Núm. 42.- Recoleta, 7 de junio de 2006.- Por Acuerdo Nº43 del Concejo Municipal de Recoleta de fecha 16 de mayo del 2006.

SE HA DICTADO LA: "ORDENANZA QUE ESTABLECE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS DEPOSITOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DESDE CALLE SANTOS DUMONT HACIA EL SUR"
              TITULO I
DE LOS HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO


      Artículo 1º: La presente Ordenanza contiene las Normas para establecer horarios de funcionamiento de los Depósitos de Bebidas Alcohólicas, clasificados según el Art. 3º de la Ley 19.925, en la letra "A", y que se encuentren instalados desde la calle Santos Dumont hacia el Sur, tomando como límite la acera sur de esa calle, inclusive.

      Artículo 2º: Los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas clasificados según el Art. 3º, de la Ley 19.925, letra "A" (Depósitos de Bebidas Alcohólicas), instalados desde la calle Santos Dumont hacia el Sur, sólo podrán funcionar entre las 11:00 horas y las 23:00 horas. La hora de cierre se ampliará en dos (2) horas más la madrugada de los días sábado y feriados.
      Artículo 3º: Corresponde a Carabineros de Chile e Inspectores Municipales, denunciar las infracciones a la presente Ordenanza, y serán competentes para conocer las contravenciones a los Tribunales señalados en el Art. Nº 53, con la limitación del Art. Transitorio final de la Ley Nº 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
      Artículo 4º: La contravención al Art. 21º, será sancionada de acuerdo a lo que establece el Art. 47 de la Ley Nº 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
    Artículo Transitorio: la presente Ordenanza regirá a contar de fecha de la publicación de rigor.
      Alcalde de Recoleta.