MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
    Puchuncaví, 15 de Junio de 1993.- Esta Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 480-93.- Vistos y teniendo presente: El Decreto Alcaldicio N° 022-87, de fecha 20 de Enero de 1987, mediante el cual se aprueba la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios; Dictamen N° 375, de fecha 7 de Enero de 1993, de la Contraloría General de la República; el Oficio Circular N° 0096, de fecha 18 de Enero de 1993, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo; la Circular N° R-048, de fecha 29 de Abril de 1992, del Sr.
Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; lo dispuesto en el Artículo 58 letra c, de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; lo acordado en el Concejo Municipal de Puchuncaví en su Sesión de fecha 26 de Mayo de 1993; la Resolución N° 1.050, de 1980, de Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades de la República en vigencia;
    Decreto:

    1.- Modifíquese la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, aprobada mediante Decreto Alcaldicio N° 022/87 del 20 de Enero de 1987, en el sentido que se agrega al artículo 14 en el punto N° 12 de dicha Ordenanza, lo siguiente:
12)) Quedará exenta del pago de los derechos establecidos en la presente Ordenanza, la construcción de la Segunda Etapa de las Viviendas Progresivas acogidas al Decreto Supremo N° 140 (MINVU) del 14 de Agosto de 1990.

    2.- Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la República de Chile.- Camilo E. Pérez Vicencio, Alcalde.- O. Gastón Toyos García, Secretario Municipal.