MODIFICA Y REVALIDA DECRETO N° 186, DE 1985 San Pedro, diciembre 24 de 1992.- La Alcadía decretó hoy lo siguiente:
    Núm. 414.- Vistos: La Ordenanza Comunal sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios contenidas en el Decreto Alcaldicio N° 186, de fecha 31 de Diciembre de 1985 y sus modificaciones contenidas en los Decretos Alcaldicios N° 207, de 1986, N° 116 y 316 de 1988, N° 396 de 1989, N° 411 de 1990 y N° 463 de 1991, el Artículo 43 de la Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, el Decreto Supremo N° 83 de Enero de 1988 del Ministerio del Interior; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 16 y 53 de la Ley N° 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Decreto:

    Modifícase y revalídase íntegramente la Ordenanza Decreto N° 186, del 31.12.85 y sus modificaciones Decreto N° 207 de 1986, N° 116 de 1988, N° 395 de 1989, 411 de 1990 y N° 463 de 1991 Ordenanza Local sobre Derechos Municipales que se deberán pagar durante el año 1993 en el siguiente sentido:
-Sustitúyase en el Art. 3 letra b) por lo siguiente:
b) Funcionamiento de circos:
1.- Diario_______________________________  0,08 U.T.M.
-Sustitúyase en el Art. 3 letra h) por lo siguiente:
h) Guías de Tránsito c/u_____________ $      10.-
-Sustitúyase en el Art. 3 letra j) por lo siguiente:
j) Derecho por instalaciones de Kiosko para menores adheridos al suelo o no adheridos, por m2 o fracción, ocupando Bienes Nacionales de uso público.
Anual____________________________________ 0,07 U.T.M.
-Sustitúyase en el Art. 4 N° 13 por lo siguiente:
13.- Permiso provisorio para conducir otorgados por el Juzgado de Policía Local mientras tramita el exhorto.
Valor____________________________________ 0,15 U.T.M.
-Agrégase en el Art. 5 lo siguiente:
11.- Extracción mecanizada de áridos.
M3                                        0,01 U.T.M.
-Agrégase el Art. 9 por lo siguiente:
Artículo 9° las infracciones a la presente Ordenanza serán denunciadas al Juzgado de Policía Local, el que aplicará multas hasta 10 Unidades Tributarias Mensuales.

    Infórmese a la Intendencia Región Metropolitana, publíquese en el Diario Oficial de la República y transcríbase a las reparticiones Municipales, Regístrese y Archívese.- Florentino Flores Armijo, Alcalde I. Municipalidad de San Pedro.- Mónica Gómez Urra, Secretaria Municipal Subrogante.