CONGELA NUEVA AREA DE EDIFICACION
    Núm. 392.- Algarrobo, Octubre 10, 1995.- Vistos:
    1.- Ley 18.695 D.O. de 31.03.88, Art. 3° letra b) Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    2.- Ley 18.883 D.O. de 29.12.89, Estatuto Administrativo para funcionarios Municipales.
    3.- DFL. N° 228-19.321 D.O. de 16.09.94, Aprobación Planta Municipal.
    4.- Decreto Alcaldicio N° 382 de 26.09.94 (Asume Alcaldía).
    5.- Lo acordado por la I. Municipalidad de Algarrobo, en sesión Ordinaria del Concejo de fecha 26.07.95 -Pág. 5-
    6.- Decreto Alcaldicio N° 288 de 13.07.95;
    7.- Decreto Alcaldicio N° 298 de 25.07.95, que modifica al Decreto Alcaldicio N° 288 y congela una Nueva Area de Edificación.
    8.- #DFL. 458/75 Art. 117; y
    9.- Ord. N° 1888 de 04.10.95 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región, mediante el cual informa favorablemente la aplicación del Art. 117° del DFL N° 458/75, en los Sectores que se indican;
    D e c r e t o:

    I.- Aplíquese el Art. 117° del DFL. N° 458/75, Ley General de Urbanismo y Construcciones en una parte de las Zonas "H" y "H1", en la Zona "TH" de la Puntilla-Peñablanca y "TH 1" de la Punta El Fraile, por un período de 3 meses:

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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.304 DE 30 DE OCTUBRE |
|      DE 1995, PAGINA 11.                          |
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    II.- Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jaime Gálvez Fuenza, Alcalde.- Guillermo Romero Olguín, Secretario Municipal.