ADELANTA FECHA DE VIGENCIA DE REAVALUOS DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 392.- Zapallar, Mayo 22 de 1995.- Vistos: Los antecedentes: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", modificada por la Ley N° 19.130 de fecha 19 de Marzo de 1992, y Decreto de Alcaldía N° 634/92 que me nombra Alcalde de la Comuna.
    C o n s i d e r a n d o :
    1° La Ley N° 19.380 publicada en el Diario Oficial el día Viernes 31 de Marzo de 1995, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas y modifica las leyes N° 19.000, 19.034 y 19.339.
    2° El acuerdo tomado en forma unánime por los señores concejales en Sesión Ordinaria N° 12 celebrada el día 19 de Mayo de 1995 en el sentido de adelantar la entrada en vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas, como lo indica la Ley N° 19.380.
    3° Y considerando que al adelantar la entrada en vigencia del Reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas en la Comuna de Zapallar otorgará mayores beneficios económicos al Municipio, lo que significará poder realizar mayores obras de adelanto en beneficio comunal y teniendo presente las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
    D e c r e t o:

    Adelántase la fecha de vigencia de los Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas de la Comuna de Zapallar, según los dispone la Ley N° 19.380, publicada en el Diario Oficial el día 31 de Marzo de 1995.
    La vigencia de los nuevos reavalúos comenzará a regir del segundo semestre de 1995.
    Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la República de Chile.

    Anótese, comuníquese y archívese.- B. Paulina Ruiz-Tagle Irarrázabal, Alcaldesa.- Gerardo A. Molina Daine, Secretario Municipal.