ANULA DECRETO ALCALDICIO N° 167, DE 1996 Núm. 390.- Canela, noviembre 21 de 1996.- Vistos: Y teniendo presente el Art. 2° de la Ley N° 19.380, publicada en el Diario Oficial del 31 de marzo de 1996, el acuerdo del Concejo Municipal adoptado en el Acta N° 168 del 14 de mayo de 1996, y en uso de las facultades y atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipales:
    D e c r e t o:

    1.- Anúlese, el Decreto Alcaldicio N° 167 del 17 de mayo de 1996.
    2.- Apruébese, el adelanto de la Vigencia del Reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas de la comuna de Canela, a partir del Primer Semestre de 1997, en conformidad con lo establecido en el Art. 2° de la Ley N° 19.380.

    3.- Anótese, comuníquese y publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la República; remítase copia a la Dirección de Administración y Finanzas, para su conocimiento.- Hecho, archívese.- Norman Araya Araya, Alcalde.- Ramiro Cuevas Olivares, Secretario Municipal.