MODIFICA ORDENANZA SOBRE NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES DE RESOLUCIONES MUNICIPALES

    Núm. 39.- Providencia, 29 de noviembre de 2005.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 4 Nº 13 letras a) y b) de la ley Nº 20.033, publicada en el Diario Oficial de fecha 1 de julio de 2005 y en los artículos 5 letra d) 12, 63 letra i) de la ley Nº 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:

    1.- Que mediante ordenanza Nº 6, de 23 de septiembre de 2003, se aprobó la Ordenanza
"Notificaciones y Publicaciones de Resoluciones Municipales".
    2.- La necesidad de modificar la citada ordenanza.
    3.- El acuerdo Nº 235 adoptado en sesión ordinaria Nº 32 de fecha 22 de noviembre de 2005 del Concejo Municipal,

    O r d e n a n z a:

    1.- Modifícase la ordenanza sobre "Notificaciones y
Publicaciones de Resoluciones Municipales" Nº 6 de 23 de
septiembre de 2003, en los siguientes sentidos:

    1.1.- Sustitúyanse los artículo 11º y 14º por los
siguientes:

    Artículo 11º.- Deberán publicarse en el Diario Oficial en extracto los siguientes decretos alcaldicios:

a)  Los que contengan normas de general aplicación o que miren al interés general.
b)  Los que interesen a un número indeterminado de personas.
c)  Los que afectaren a personas cuyo paradero fuere ignorado.
d)  Los que acogieren recursos interpuestos en contra de ordenanzas o decretos alcaldicios publicados en el Diario Oficial.

    Los decretos a que se refieren las letras c) y d) deberán ser publicados los días 1º y 15 de cada mes o al día siguiente si fuere inhábil.

    Artículo 14º.- La Ordenanza de Derechos Municipales y la Ordenanza de Cobro de Derechos de Aseo Domiciliario se publicarán en el Diario Oficial o en la página web de la Municipalidad respectiva o en un diario de entre los tres de mayor circulación en la comuna, en el mes de octubre del año anterior a aquel en que comenzará a regir, salvo cuando se trate de derechos por servicios nuevos, caso en el cual se publicará en cualquier época, comenzando a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación.

    1.2.- Elimínase el artículo 16º, pasando el actual artículo 17º a ser 16º.

    2.- En todo lo demás continúa vigente la ordenanza Nº 6, de 23 de septiembre de 2003.

    3.- Fíjese el texto refundido y sistematizado de esta ordenanza.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde.- Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.