APRUEBA ACUERDO DEL CONCEJO SOBRE RECTIFICACIONES AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUECHURABA
Huechuraba, 20 de octubre de 2005.- La Alcaldía decretó hoy:
Núm. 1.560/2005 exento.-
Apruébase el acuerdo del Nº68 del Concejo de fecha 20 de octubre del 2005, que autoriza rectificaciones menores al texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, publicado en el Diario Oficial de fecha 29 de septiembre de 2004, en la siguiente forma:
1. Agrégase al final de la letra J) del numeral segundo y antes del punto aparte lo siguiente..."y versión a color y escala 1:10.000 versión a color..."
2. Agrégase al final de la letra K) del numeral segundo, después de la coma y antes de la conjunción "y" que se elimina lo siguiente: ... "Versión Blanco y Negro"
3. Suprímase del numeral segundo la letra L y su contenido.
4. Reemplácese en el numeral cuarto del artículo 1º del Capítulo I: Disposiciones Generales denominado "Planos", la primera frase que dice "Plano de Zonificación y Uso de Suelo Nº PRCH-1HUE/2003, Escala 1:5000 y ...", por lo siguiente:
"a.- Plano de zonificación y uso de suelo Nº PRCH-1HUE/2003, escala 1:7500 versión blanco y negro y versión a color y escala 1:10.000 versión a color, y"
5. Agrégase en el numeral cuarto del artículo 1º del capítulo I: disposiciones generales denominado "Planos", en la segunda frase que dice "Plano de vialidad estructurante Nº PRCH-2HUE/2003, escala 1:7500" lo siguiente:
"b.- Plano de Vialidad Estructurante Nº PRCH-2-HUE/2003, Escala 1:7500, Versión Blanco y Negro."
6. Reemplácese en la letra a.2 Usos Restringidos, del artículo 42: Zona ZC3 residencial mixto (Santa Elena Sur-El Salto)
Donde dice:
"Industria Inofensiva: Sólo se permite en aquellos predios que tengan frente a la Avenida El Guanaco, al lado Oriente de la Avenida Santa Rosa y en el loteo industrial existente en calle Santa Elena Sur, entre Santa Elena Sur y El Guanaco..."
Por lo siguiente:
"Industria Inofensiva: Sólo se permite en aquellos predios que tengan frente a la Avenida El Guanaco, al lado Oriente de la Avenida Santa Rosa y en el loteo industrial existente en calle Santa Elena Sur, entre Avenida Santa Rosa y El Guanaco..."
7. Agrégase en el artículo 72: Cuadro Nº3 Vialidad Estructurante Comunal.
Donde Dice:
*Según PRMS.
Ancho
Cod. Nombre Ancho Propuesto Observaciones
de vía Existente Entre
PRMS Tramo Líneas
Oficiales
1.- VIAS METROPOLITANA
M9N Carretera 40 Metros 40 Metros Vía Expresa
General San (80 Existente
Martín Metros*)
Limite Comunal
Norte/avda.
Américo
Vespucio
M14N Avda. Américo 30 Metros 30 Metros Via Expresa
Vespucio (60 Existente
Carretera Metros*)
General San
Martín/150 Mts.
Al Oriente De
Pedro Fontova
POR LO SIGUIENTE:
*Según PRMS.
Ancho
Cod. Nombre Ancho Propuesto Observaciones
de vía Existente Entre
PRMS Tramo Líneas
Oficiales
M9N Carretera 40 40 Metros Vía Expresa
General San Metros Existente
Martín (80 Correspondiente
Límite Metros*) a 1/2 Vía
Comunal
Norte/avda.
Américo
Vespucio
M14N Avda. 30 30 Metros Vía Expresa
Américo Metros Existente
Vespucio (60 Correspondiente
Carretera Metros*) a 1/2 Vía
General San
Martín/150
Mts al
Oriente de
Pedro Fontova
DONDE DICE
Avenida 30 Metros Vía expresa
Américo 30 Metros Existente
Vespucio (60
270 Mts Metros*)
Poniente del
Camino El
Guanaco/Avenida
Del Parque
(Paso Bajo
Nivel)
Avenida Vía Expresa
Américo 16 60 Metros Existente
Vespucio Metros
Avenida Del
Parque/límite
Comuna de Vitacura
POR LO SIGUIENTE
*Según PRMS.
Ancho
Cod. Nombre Ancho Propuesto Observaciones
de vía Existente Entre
PRMS Tramo Líneas
Oficiales
Avenida 30 Vía Expresa
Américo Metros 30 Metros Existente
Vespucio Correspondiente
270 Mts al (60 A 1/2 Vía.
Poniente del Metros*)
Camino El
Guanaco/130 Mts.
Al Oriente de
Avda. El
Salto
Avenida Vía Expresa
Américo 16 60 Metros Ensanche
Metros Hacia
Vespucio El Cerro
130 Mts. al
Oriente de
Avda. El
Salto/límite
Comuna de
Vitacura
8. En el artículo transitorio, inciso segundo, la frase "1ª al 1G" debe ser reemplazada por la frase "1ª, 1B, 1C, 1D, 1E, 1F, 1G".
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial junto a la Ordenanza Local respectiva, y transcríbase el presente decreto a los Departamentos Municipales; hecho, archívese.- José Enrique Rossi Giacosa, Alcalde (S).- Carlos Tapia Sieglitz, Secretario Municipal.