APRUEBA ANTICIPAR VIGENCIA DE REAVALUOS DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 369.- Puerto Cisnes, 9 de mayo de 1996.- Vistos: Las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695/88 Ministerio del Interior, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; Lo establecido en la Ley 19.380/95, que entrega modalidades de aplicación Reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas y modifica Leyes 19.000, 19.034 y 19.339; El Acuerdo de Concejo Municipal efectuado en sesión extraordinaria N° 81 del 9/05/96, que acuerda anticipar entrada en vigencia Reavalúos de B. Raíces no Agrícolas de la Comuna de Cisnes; El Acta de Constitución del Concejo Cisnes del 26/09/92 que nombra Alcaldes en períodos que indica; el Acta extraordinaria de Concejo Municipal del 19/12/94 que nombra Alcalde Suplente, Considerando: La facultad del Art. 2° de la Ley 19.380 y el Acuerdo del Concejo Municipal de Cisnes en anticipar la entrada en vigencia de los Reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Cisnes.
    D e c r e t o:

    1.- Apruébase la entrada en vigencia de la aplicación de los Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas de la Comuna de Cisnes, XI Región, a contar del 2° Semestre del año 1996, de acuerdo al inciso 1° del Art. 2° de la Ley 19.380.
    2.- Publíquese el presente Decreto Municipal en el Diario Oficial en conformidad a la normativa legal.
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese a quien corresponda.- Hecho Archívese.- Yuri Alexis Arre Krause, Alcalde Suplente.- Jorge Moya Delgado, Secretario Municipal.