ADELANTA VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 309.- Chanco, 24 de Mayo de 1995.- Vistos:
    - La Ley N° 19.380 que fija modalidades de aplicación de los Reavalúos de los Bienes Raíces no Agrícolas.
    - El acuerdo tomado por el Concejo Municipal, en la sesión ordinaria de fecha 22 de Mayo de 1995.
    - Las facultades que me confiere la Ley 18.695/88, Orgánica de Municipios y Administración Comunal.
    Decreto:

    Apruébase el adelanto de la vigencia de Reavalúos de Bienes No Agrícolas de la Comuna de Chanco, practicado por el Servicio de Impuestos Internos conforme a lo prescrito en el Artículo 3° de la Ley N° 19.000, a contar del 1° de Julio de 1995.
    Publíquese en el Diario Oficial el presente Decreto.
    Anótese, comuníquese, cúmplase y archívese.- Alejandro Hurtado Muñoz, Alcalde.- Ricardo Pommiez Denegri, Secretario Municipal (S).