APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 301.- Villarrica, Mayo 23 de 1995.- Vistos:
    El Art. 2° de la Ley 19.380, publicado en el Diario Oficial de fecha 31.03.95.
    El acuerdo del Honorable Concejo Municipal, tomado en sesión ordinaria N° 126 de fecha 23 de Mayo de 1995.
    Las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones.
    Decreto:

    1. Apruébese el adelanto de la vigencia del Reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas, de la Comuna de Villarrica, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la ley 19.380.
    2. Publíquese, el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial, dentro del mes de Mayo del año en curso, para la entrada en vigencia del reavalúo indicado.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Erwin Gudenschwager Jiménez, Alcalde.- Claudio Vallejos Aravena, Secretario Municipal.