ANTICIPA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 300.- Ninhue, 25 de Mayo de 1995.- Vistos: Las atribuciones que me confiere el Texto Refundido de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades de 1988; la Ley N° 19.380 de fecha 31 de Mayo de 1995, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas y modifica leyes N° 19.000, 19.034 y 19.339; acuerdo adoptado por el honorable Concejo Municipal, en sesión extraordinaria N° 143 de fecha 19 de Mayo de 1995,
    Decreto:

    1.- Dispónese la entrada en vigencia, a partir del 1 de Julio de 1995, del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas en la Comuna de Ninhue, conforme lo establece el artículo 2do. de la Ley N° 19.380.
    2.- Remítase copia del presente decreto al Servicio de Impuestos Internos, para conocimiento y fines que procedan.
    3.- Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial a más tardar el 31 de Mayo de 1995.
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Eduardo Díaz Aburto, Alcalde de Ninhue.- María Cecilia Dospital Rodríguez, Secretario Municipal (S).