DISPONE ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
Núm. 290.- Putre, 23 de Mayo de 1995.- Vistos: Estos antecedentes; por razones de Buen Servicio, el Art. N° 2 de la Ley N° 19.380, que establece modalidad de aplicación de los Reavalúos de los Bienes Raíces no Agrícolas y Modificaciones a la Ley N° 19.034 y 19.339; por razones de Buen Orden, la Resolución N° 055/92 emitida por la Contraloría General de la República y en Uso de las Facultades que me confiere el D.L. N° 18.695 "Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades".
D e c r e t o:
Dispóngase la entrada en vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas en la comuna de Putre, practicado por el Servicio de Impuestos Internos, a contar del 1 de Julio de 1995 en conformidad a las facultades contenidas en el Art. 2 de la Ley N° 19.380.
Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial, a más tardar con 30 días de anticipación al Segundo Semestre del año 1995, determinado para la entrada en vigencia del reavalúo señalado.
Encárguese a la Dirección de Finanzas y Administración, coordinar todas las acciones pertinentes para un buen desarrollo de este proceso.
Anótese, publíquese, regístrese, comuníquese y archívese.- Carlos Solari Herrera, Alcalde.- Richard Loza González, Secretario Municipal.