APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Lautaro, 23 de Mayo de 1995.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
    Núm. 280.- Vistos:
    - Ley N° 19.380 que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas.
    - Informe de la Dirección de Administración y Finanzas; Dirección de Control.
    - Acuerdo del Concejo Municipal que consta en Acta N° 22 de 23.05.95.
    - Las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones:
    Decreto:

    1.- Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas de la Comuna de Lautaro, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.380.

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial de la República, dése copia al S.I.I. y archívese.- Renato Hauri Gómez, Alcalde.- María Eliana Dumay Castro, Secretario Municipal.