POSTERGA POR PLAZO DE TRES MESES PERMISOS QUE INDICA Núm. 265.- Concepción, 6 de Junio de 1991.- Vistos: El Oficio Ord. N° 1026-A-145, de fecha 24 de Mayo pasado, de la Dirección de Obras Municipales, por el que se refiere a Modificaciones al Plan Regulador Comunal de Concepción y su Ordenanza Local y, a la vez, solicita la postergación, por un plazo de tres meses, de los Permisos de Edificación; el Oficio Ord. N° 929, de 28 de Mayo pasado, de esta Alcaldía, por el que se solicita al señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo la postergación por un plazo de tres meses, de los Permisos de Construcción que contravengan dicho estudio; el Oficio Ord. N° 716, de 03 de Junio en curso, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, por el que informa favorablemente la postergación de estos permisos; y, teniendo presente, lo dispuesto en el art. N° 117 del Decreto con Fuerza de Ley N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, modificado por la Ley N° 18.738, publicada en el Diario Oficial de 14 de Septiembre de 1988; y, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 10, 47 y 53 de la Ley N° 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Decreto:

    Postérgase por un plazo de tres meses los permisos de construcción que contravengan el estudio de modificación, en trámite de aprobación, del área urbana de Concepción, definida en los Planos PR-08a y PR-08b, correspondientes al Plan Regulador Comunal de Concepción, aprobado por Decreto Supremo N° 141, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, de fecha 31 de Agosto de 1982, publicado en el Diario Oficial de 20 de Octubre de 1982.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el "Diario Oficial" de la República y en el Diario "El Sur" de esta ciudad y, en su oportunidad, archívese.- Eduardo de la Barra Vega, Alcalde.- Manuel Lagos Espinoza, Secretario Municipal.