APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Cabildo, 24 de Mayo de 1995.- Hoy, la Ilustre Municipalidad de Cabildo decretó lo siguiente:
    Núm. 258.- Vistos: La Ley 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    - La Ley 19.380, sobre reavalúo de bienes raíces no agrícolas.
    - La Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.
    - La sentencia de proclamación del Tribunal Electoral Regional de Valparaíso, de fecha 01.09.92, que ratifica la elección del Alcalde de esta Municipalidad.
    Teniendo presente: El acuerdo del Concejo Municipal, adoptado en la sesión N° 129, de fecha 23 de mayo de 1995.
    Decreto :

    1.- Apruébese el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Cabildo, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 19.380.
    2.- Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial a más tardar el 31 de mayo de 1995.

    Anótese, comuníquese, publíquese.- Eduardo Cerda Lecaros, Alcalde.- Teresa Montero Carvajal, Secretaria Municipal.