MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS O SERVICIOS
    La I. Municipalidad de Colina, por acuerdo Nº
23/2005 del H. Concejo Municipal, promulgado por decreto
alcaldicio Nº E-382/05, de fecha 6 de abril de 2005, y
sancionado por decreto alcaldicio Nº E-389/05, de fecha
7 de abril de 2005, acordó modificar el texto refundido
de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por
Concesiones, Permisos o Servicios a su título IX, en su
artículo 23º, lo siguiente:

    Artículo 23º: Modifícase en el inciso primero el término instalaciones por instalación, agrégase a continuación una coma (,) y la frase reparación y/o mantención. Agrégase, igualmente al final del primer párrafo y a continuación de la palabra ocupado una coma (,) y la frase salvo exención contemplada en texto legal expreso.

    Por lo tanto, el artículo 23º queda modificado en el siguiente tenor: "La ocupación temporal del espacio público en aceras, calzadas, áreas verdes y otros, por faenas relacionadas con la instalación, reparación y/o mantención de servicios públicos, tales como agua, alcantarillado, electricidad, gas, teléfono y otros similares, pagará un derecho municipal básico equivalente al 10% de la UTM; sin perjuicio de la cantidad señalada, pagará además el 1% de la UTM por mt2 diario ocupado, salvo exención contemplada en texto legal expreso."
    El tiempo de ocupación del bien nacional de uso público que se requiera para las faenas a que se refiere el inciso anterior se cobrará de acuerdo a las siguientes tasas:

    a.- Los primeros 60 días...0,06 UTM.
    b.- Superior y por exceso de 60 días ...0,20 UTM"
    Mario Olavarría Rodríguez, Alcalde