APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 249.- Constitución, 10 de Mayo de 1995.- Vistos:
    Las facultades que confiere la Ley N° 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
    La Resolución N° 55/92 de la Contraloría General de la República.
    D. L. N° 3.063, Ley de Rentas Municipales.
    Ley N° 19.380, Ley de Reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas.
    El acuerdo N° 187 del H. Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Constitución, tomado en sesión Ord. N° 18 de fecha 3 de Mayo de 1995.
    D e c r e t o :

    Apruébase el adelanto de la vigencia del Reavalúo de los Bienes Raíces no agrícolas de la Comuna de Constitución, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.380.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Silvio del Río Miño, Alcalde.- Mario Alfonso Pérez Vilches, Secretario Municipal (S).