Disposiciones finLey 21234
Art. 1 N° 2
D.O. 29.05.2020
ales



    Artículo 10.- LosLey 21234
Art. 1 N° 2
D.O. 29.05.2020
emisores deberán bloquear todos aquellos medios de pago que se encuentren inactivos por más de 12 meses consecutivos. En el caso de que procedan a bloquear algún medio de pago, ello deberá ser notificado al usuario de la manera indicada en el inciso tercero del artículo 2.
    Artículo 11.- LaLey 21234
Art. 1 N° 2
D.O. 29.05.2020
s entidades emisoras señaladas en el artículo 1 de la presente ley deberán informar semestralmente, en sus respectivos sitios electrónicos, acerca del número de usuarios afectados por casos cubiertos por el presente cuerpo legal, señalando los montos involucrados y los plazos en que hayan dado respuesta o cumplimiento a sus obligaciones. Además, deberán enviar la información de manera desagregada a la Comisión para el Mercado Financiero.