MODIFICA ORDENANZA Nº01/2004 SOBRE REGISTRO PUBLICO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS Y DONACIONES CON FRANQUICIAS TRIBUTARIAS

    Núm. 3.- Antofagasta, 18 de marzo de 2005.- Vistos:

    1.- Lo dispuesto en la ley Nº 19.862, que establece los registros de personas jurídicas receptoras de fondos públicos y su reglamento, aprobado por decreto del Ministerio de Hacienda Nº 375 de fecha 19 de mayo de 2003.

    2.- La ordenanza Nº 001/2004 que crea el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos y la ordenanza Nº 001/2005 que modifica en lo señalado la ordenanza Nº 001/2004.

    3.- El certificado Nº056 de fecha 11 de marzo de 2005, mediante el cual el Secretario Municipal certifica que en sesión ordinaria Nº05 celebrada el 10 de marzo de 2005, el Concejo Municipal de Antofagasta, revocó el acuerdo de la sesión ordinaria Nº04 de fecha 24 de febrero de 2005, y aprobó la modificación de la ordenanza municipal Nº01/2004 sobre Registro Público de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos y Donaciones con Franquicias Tributarias.

    4.- La necesidad de regularizar y ampliar el plazo para efectuar las rendiciones de cuentas a las instituciones que recibieron subvenciones durante el año 2004.

    5.- Lo dispuesto en los Art./5º, 12º y 65º letra j del decreto fuerza de ley Nº1-19.704 que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo a dictar lo siguiente:

    ORDENANZA
    Artículo único

    Artículo Nº1: Déjase establecido que por esta únicaORZ 5,
M. DE ANTOFAGASTA
Art. 2º
D.O. 20.09.2005
vez a las Instituciones a las cuales se les otorgó transferencia de fondos durante el año 2004 y que no rindieron en las fechas previstas en la ordenanza Nº 001/2004, modificada por las ordenanzas Nºs. 01/2005, 02/2005 y 03/2005, se les amplía el plazo para efectuar este trámite hasta el último día de hábil del mes de septiembre de 2005, conforme lo dispone el artículo 1, Nº 4, de la ordenanza Nº 01/2005.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Juan Floreal Recabarren Rojas, Alcalde Subrogante.- Héctor Avalos Araya, Secretario Municipal.