APRUEBA MODIFICACION ORDENANZA Nº 18 PARA EL COMERCIO EN LA VIA PUBLICA, ESTACIONADOS, AMBULANTES Y FERIAS LIBRES EN GENERAL
Núm. 4.703 exento.- Recoleta, Diciembre 27 de 2004.- Vistos:
1.- La necesidad de Modificar la Ordenanza Nº 18 de 26 Septiembre 1996, sobre Comercio en la Vía Pública, Estacionados, Ambulantes y Ferias Libres en General, con el objeto de adecuarlo a los intereses de la comunidad y el Municipio.
2.- El acuerdo Nº 142 de 21 Diciembre 2004 del Concejo Municipal de Recoleta, que aprueba modificar la ordenanza mencionada en el número anterior, y Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades con esta fecha dicto el siguiente decreto:
Decreto:
Modifíquese la Ordenanza Nº 18 de 26 Septiembre 1996, sobre Comercio en la Vía Pública, Estacionado, Ambulante y Ferias Libres en General, en los términos que se expresan:
A) Sustitúyase en el Art. 22, el Nº 1, inciso primero por el siguiente
"1.- Podrá ser suplente cualquier persona que reúna los requisitos para este efecto y tendrá las mismas obligaciones y deberá cumplir los mismos requisitos del titular para el efecto de la presente ordenanza. Se exceptúan los comerciantes del Sector I y Feria Persa Zapadores, donde el suplente deberá ser un familiar directo."
B) Sustitúyase en el Art. 22, el Nº 6 por el siguiente
"6.- Si los Inspectores Municipales detectan haciendo uso del permiso municipal a una persona distinta del titular o el suplente autorizado, será sancionada mediante una notificación al Juzgado de Policía Local para que se le aplique la correspondiente multa, se emitirá un informe inspectivo y basado en estos antecedentes se procederá a la suspensión del permiso, hecho que quedará registrado en la hoja de vida del comerciante."
Gonzalo Cornejo Chávez, Alcalde de Recoleta.