MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL N° 24 QUE DETERMINA TARIFA POR SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO
Ñuñoa, 08 de Febrero de 1996. La Alcaldía de Ñuñoa decretó hoy lo siguiente:
Núm. 206.- Teniendo presente:
a) La Ordenanza Municipal N° 24, que determina tarifa por servicio domiciliario de aseo, publicada en el Diario Oficial, con fecha 28 de Diciembre 1995.
b) El acuerdo del Concejo Municipal, prestado en la Sesión Extraordinaria N° 4 de fecha 02 de Febrero de 1996, que aprueba modificaciones a la referida Ordenanza.
Vistos: Las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica de Municipalidades.
Decreto:
1.- Modifícase la Ordenanza N° 24, en los siguientes términos:
a).- Agrégase al artículo 14°, los siguiente incisos tercero y cuarto:
"También estarán exentos de pagar el Derecho de Aseo anteriormente señalado las mujeres jefas de hogar o jefes de hogar mayores de 60 años, que sean propietarios de una sola vivienda o unidad habitacional, cuyo avalúo fiscal sea inferior a 180 Unidades Tributarias Mensuales."
"Pagarán el 50% del referido Derecho de Aseo las mujeres jefes de hogar mayores de 60 años, que sean propietarias de una sola vivienda o unidad habitacional, cuyo avalúo fiscal fluctúe entre 180 y 300 Unidades Tributarias Mensuales."
b) Agrégase el artículo 20°, que establece lo siguiente:
"Artículo 20°: No estarán afectos al cobro de intereses o reajustes, aquellos usuarios que habiendo presentado solicitud de exención, conforme lo señala el artículo 15° de esta Ordenanza, la Municipalidad resuelva que deban pagar total o parcialmente el derecho de aseo, siempre que éstos paguen el referido derecho, dentro del mes siguiente a la fecha de despacho por correo certificado de la resolución municipal correspondiente"
2).- Publíquese la modificación referida precedentemente en Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y transcríbase el presente Decreto a todas las Direcciones Municipales. Cúmplase y hecho, archívese.
Miguel Angel Ponce de León G., Alcalde (S).- Eduardo Contreras Mella, Secretario Municipal (S).