APRUEBA EXPROPIACION TOTAL DE PORCION DE PROPIEDAD RAIZ UBICADA EN POBLACION MENA

    Núm. 3.818.- Quilpué, 14 de septiembre de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 17 del D.L.
2.186 de 1978, Ley Orgánica del Procedimiento de Expropiaciones; artículos 42, 51, 83 y 85 del D.F.L. de Vivienda y Urbanismo Nº458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República; y teniendo presente: Las facultades que me otorgan los artículos 5, 15, 33, 65 letra f) y 79 letra b) de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y
    Considerando:
    1) El Plan Regulador Comunal de Quilpué, trazado calle Pedro Montt; lo establecido en la resolución 98/2004, del señor Director (S) de Obras Municipales, que aprobó la subdivisión en dos lotes, del predio denominado "Lote A", de acuerdo a la configuración, trazado, superficie, cotas y demás antecedentes indicados en el plano de expropiación que complementa dicha resolución.
    2) Que mediante decreto alcaldicio Nº1.831, de fecha 3 de mayo de 2004, rectificado por decreto alcaldicio 2.075, de fecha 17 de mayo de 2004, ante la necesidad de expropiación por el Municipio de parte de una propiedad raíz ubicada en Quilpué, correspondiente al lote A del plano de subdivisión archivado con el Nº290, en el Registro de Documentos, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Plan Regulador Comunal de Quilpué, trazado calle Pedro Montt, se nombró un comisión de tres peritos encargados de determinar el monto provisional de la indemnización a pagar por la entidad expropiante.
    3) Que el monto provisional de la expropiación fue determinado por la Comisión Tasadora, según informe de fecha 4 de junio de 2004, en la suma de $5.191.560.
    4) El certificado del Sr. Secretario Municipal, de fecha 30 de junio de 2004, que da cuenta de la aprobación, con la misma fecha, por el Concejo Municipal de Quilpué, de la expropiación a que alude el presente decreto,

    Decreto:

    1.- Exprópiese totalmente la porción de la propiedad raíz ubicada en Quilpué, población Mena, en la comuna de Quilpué, para dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Regulador Comunal de Quilpué, trazado calle Pedro Montt, según resolución 98/2004 del señor Director (S) de Obras Municipales, complementada por el correspondiente plano de expropiación, rol de avalúo Nº1013-16, porción consistente en el polígono A-B-E-C-A, que unirá parte de los tramos norte y sur de calle Pedro Montt, de acuerdo al Plano nombrado, cuyos deslindes son los siguientes: Norte, en tramo A-B de 12.94 metros con calle Montevideo; Sur, en tramo C-E de 13.97 metros con lote B-2, prolongación calle Pedro Montt y lote C-1, prolongación calle Pedro Montt, ambos en la actualidad de propiedad de don Sergio Riveros Olguín; Oriente, en tramo B-E de 20.25 metros con lote A-3, resto de propiedad de doña Rossana Cristina Beale Espinoza; y Poniente, en tramo A-C de 23.74 metros con Lote A-1, con resto de propiedad de doña Rossana Beale Espinoza; encerrando una superficie de 248,42 metros cuadrados.
    2.- El terreno a expropiar se encuentra inscrito a fojas 719 número 872 del Registro de Propiedad del año 1996, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué.
    3.- Déjese constancia que las disposiciones legales que hacen procedente esta expropiación están contenidas en el artículo 33 de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que declara de utilidad pública los inmuebles necesarios para el cumplimiento del Plan Regulador Comunal y sus normas, y en los artículos 83 y 85 del D.F.L. 458 de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que contiene la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    4.- El propietario de bien raíz que figura inscrito en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente es doña Rossana Cristina Beale Espinoza.
    5.- Fíjese como monto provisional de la expropiación la suma de $5.191.560 correspondiente a $18.000 para el metro cuadrado de terreno y en $40.000 para el metro cuadrado de la mediagua existente en el lugar.
    6.- Publíquese en extracto el presente decreto dentro de los noventa días siguientes a su fecha por una sola vez en el Diario Oficial, los días 1º y 15 del mes, salvo que cualquiera de ellos sea feriado, en cuyo caso se publicará al día siguiente hábil; y por una sola vez en el diario El Mercurio de Valparaíso.
    7.- Envíese copia del extracto a la 2da. Comisaría de Carabineros de Quilpué, a fin de que lo entregue a las personas que ocuparen o detenten el inmueble expropiado, diligencia que deberá cumplirse dentro del plazo señalado en el número anterior.
    8.- Si se llegase a acuerdo con el expropiado sobre el monto de la expropiación definitiva, su forma de pago y acerca de la entrega material del inmueble; dicho acuerdo deberá cumplir con las exigencias que establece el artículo 11 del D.L. 2.186, de 1978.
    9.- Consígnese en la cuenta corriente del Tribunal competente el monto provisional de la indemnización señalada en el número 5 de este decreto, más el reajuste que prescriben los artículos 5 y 17 del citado decreto ley 2.186, entre el mes de mayo de 2004 y el mes anterior al momento de la consignación, para instar por la toma de posesión material del bien expropiado.
    10.- El gasto se imputará al subtítulo 31, Item 52, del Presupuesto Municipal.

    Anótese, comuníquese, notifíquese y publíquese.- María Amelia Herrera Silva, Alcaldesa.