APRUEBA ADELANTO DE LA VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 188.- Carahue, 19 de Mayo de 1995.- Vistos: Estos antecedentes:
    1.- La Ley 19.380, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de los Bienes Raíces no Agrícolas.
    2.- La Carta de fecha 20 de Abril de 1995 del Servicio de Impuestos Internos, que informa sobre alcance de la Ley 19.380.
    3.- La Circular N° 26 de fecha 19 de Abril de 1995, del Señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
    4.- El Ord. N° 1247 del 8 de Mayo de 1995, del Servicio de Impuestos Internos, que envía nuevos avalúos y contribuciones propiedades de la Comuna.
    5.- El Acuerdo N° 31 de fecha 9 de Mayo de 1995, del Concejo Municipal de Carahue, que resuelve adelantar a contar del 2° semestre de 1995, la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Carahue.
    6.- Las facultades que me confiere el Texto Refundido de la Ley N° 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
    Decreto:

    1.- Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Carahue, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.380.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Francisco Morales Vergara, Alcalde.- Ramón Castro González, Secretario Municipal.