APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 138.- Huasco, Noviembre 22 de 1995.- Vistos: El art. 2° de la Ley N° 19.380 publicado en el Diario Oficial el día 31 de Marzo de 1995, y lo dispuesto en los artículos 5° letra d), 10 y 56 letra i), en todos de la Ley 18.695 de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
    Considerando: El Acuerdo N° 377 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 117, de fecha 22 de Mayo de 1995, del Concejo Municipal.
    D e c r e t o:

    1°.- Apruébase el adelanto de la vigencia del Reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Huasco, a partir del Primer Semestre de 1996, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la Ley 19.380.
    2°.- Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial de la República de Chile.

    Anótese, comuníquese y archívese.- René Torres Mansilla, Alcalde (S).- Rebeca Tirado Pérez, Secretaria Municipal y Alcaldía (S).