Por decreto alcaldicio Nº 388-2004, de fecha 17 de junio de 2004 y en base a las facultades otorgadas por los artículos 3 letra c) y 27 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; 59 y siguientes y 83 y sgtes. de la Ley General de Urbanismo y Construcción; Plan Regulador de la comuna de Andacollo, se expropiaron para la Ilustre Municipalidad de Andacollo, los lotes de terreno; Plaza Videla Nº 21; Plaza Videla Nº 9; Plaza Videla Nº 6; Plaza Videla Nº 5 y Plaza Videla Nº 2, para la obra: Construcción Plaza Pedro Nolasco Videla, que figuran a nombre de: Arzobispado La Serena; Santiago Rivera Cortés, Arzobispado La Serena; Sucesión Ogalde y Orfelina Alvarez Herrera, respectivamente. Roles de avalúo 41-5; 41-4; 41-3; 41-2; 41-1. Todos Comuna de Andacollo, IV Región. Superficies 168,50 m2; 412,48 m2; 282,23 m2; 187,14 m2 y 211,70 m2, respectivamente. La Comisión de Peritos fijó con fecha 26 de mayo de 2004, el monto de la indemnización provisional en la cantidades de $4.381.000 para el rol 41-5; $13.664.558 para el rol 41-4; $8.337.855 para el rol 41-3;
$9.900.591 para el rol 41-2 y $20.254.083 para el rol 41-1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto ley Nº 2.186 de 1978.-
      Elsa Zárate Guerra, Alcaldesa (S).