FIJA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 118.- Paihuano, Noviembre 20 de 1995.-Vistos: Estos antecedentes: el Decreto Alcaldicio N° 093 del 26 de Septiembre de 1994, que nombra Alcalde del Segundo Período, la Resolución N° 55 de la Contraloría General de la República. El Artículo 2° de la Ley 19.380 publicado en el Diario Oficial del 31 de Marzo de 1995, y lo dispuesto en los Artículos 5° Letra d), 10 y 56 Letra e); todas de la Ley 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades; las facultades que me otorga la Ley, y
    C o n s i d e r a n d o:
    El Acuerdo N° 017 adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de Mayo de 1995, del Concejo Municipal de Paihuano.
    D e c r e t o:

    1.- Fíjase como entrada en Vigencia del Reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Paihuano, el Día 1° de Enero de 1996.
    2.- Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial conforme lo señalado en el Artículo 2 Inciso 1° y 2°, de la Ley 19.380.

    Anótese, comuníquese y archívese. Lorenzo Roberto Torres Medina, Alcalde.