MODIFICA ORDENANZA SOBRE PROTECCION Y CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE

    Núm. 583 Administrativo.- Mulchén, 14 de abril de 2004.- Vistos: El decreto Administrativo Nº 00417, de fecha 2 de abril de 2002, que aprueba y promulga la Ordenanza sobre Protección y Conservación del Medio Ambiente en la comuna de Mulchén, modificada por decreto Administrativo Nº 00612, de fecha 22 de abril de 2003; las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fuera aprobado por decreto con fuerza de ley Nº 1-19.704, de 2001, ambos del Ministerio del Interior; lo dispuesto en la ley Nº 19.300, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, de 1994, de la Secretaría General de la Presidencia; el acuerdo adoptado por el Honorable Concejo Municipal, según consta en Certificado, anexo, extendido por el señor Secretario Municipal y del Concejo Municipal; y, teniendo presente la necesidad de introducir una modificación a la ordenanza en comento,

    Decreto:

    1.- Modifícase la Ordenanza sobre Protección y Conservación del Medio Ambiente en la comuna de Mulchén, aprobada por decreto Administrativo Nº 00417, de fecha 2 de abril de 2002, como a continuación se indica:

    1.1.- Sustitúyase en el Título VI - Contaminación - De los Residuos Líquidos, el Art. 56 bis, por el siguiente:

    "Artículo 56 bis: Prohíbase en toda el área comprendida por el polígono del límite urbano (límite definido en el Plan Regulador Comunal de Mulchén y su Ordenanza vigente), con excepción de la intersección de la ribera Sur del río Bureo con la paralela trazada a 30 mts. al oriente del eje del camino Longitudinal Sur (Poligonal 21), definida como Area Especial, Zona ZR., la acumulación de todo tipo de aguas servidas y/o Riles (Residuos Líquidos Industriales), ya sea en forma de canchas de acopio, cañerías horizontales o verticales, estanques, recipientes abiertos o cerrados, cubas, toneles, siendo esta enumeración sólo a modo de ejemplar y, ya sea, en forma temporal y/o permanente".
    Anótese, publíquese, fíjese cartel, comuníquese y archívese.- Héctor Francisco Jara Delgado, Alcalde.- Emilio Quezada Salamanca, Secretario Municipal.