APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 58.- Antuco, 27 de Mayo de 1996.- Vistos y Considerando:
    a) La Ley N° 19.380, que establece modalidades de aplicación del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas;
    b) El Acuerdo N° 661 del 27.05.96 del Concejo Municipal;
    c) Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Decreto:

    Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas de la Comuna de Antuco, a partir del Segundo Semestre de 1996, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 2° de la Ley N° 19.380.
    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Guillermo Iturrieta Magdalena, Alcalde.- Luis G. Osorio Jara, Secretario Municipal.