SANCIONA ENMIENDA Nº 00 AL PLAN REGULADOR COMUNAL
    Núm. 3.595 exento.- Vallenar,  5 de noviembre de 2003.- Vistos y considerando:

    1.- El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 3.595, tomado en la 27ª sesión extraordinaria de fecha 31 de octubre  de 2003, relativo a aprobar la Enmienda al Plan Regulador Comunal de Vallenar, afectando sector de la ZD con el uso de equipamiento Hospital.

    2.- El Certificado Nº 128, del 31/10/03, de la Secretaría Municipal dando cuenta sobre resultado del proceso de recepción de observaciones de la comunidad.

    3.- El Certificado Nº 127, del 30/10/03, de la Secretaría Municipal dando cuenta sobre cumplimiento de proceso de exposición pública y documentos que formaron parte de este proceso.

    4.- El Ordinario Nº 854 de fecha 18 de julio de 2003, de la Seremi Minvu  que contiene pronunciamiento sobre el proceso.

    5.- Lo dispuesto en el Art. 45, Nº 1 de la Ley General del Urbanismo y Construcciones, y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

    6.- El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 12, tomado en la 2ª sesión ordinaria de fecha 20 de diciembre de 2000, que aprueba cambio de uso de suelo para acoger equipamiento Hospital.

    7.- Las facultades que me confieren los artículos 56º y 63º de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones,

    D e c r e t o:

    1.- Sanciónase la Enmienda Nº 00 al Plan Regulador Comunal de Vallenar, a la Ordenanza Local y al Plano, para acoger equipamiento de salud.

    2.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    3.- Cúmplase con los demás trámites dispuestos en el ya citado artículo 2.1.13.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Juan Horacio Santana Alvarez, Alcalde.- Jorge Torres Torres, Secretario Municipal (S).

ENMIENDA Nº 00 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VALLENAR
              Enmienda Normas Locales

    Comprende:

    La Enmienda de la Ordenanza y el plano del Plan Regulador Comunal de Vallenar, aprobado por decreto Nº 296 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 11 de diciembre de 1981, en la denominada ZD, artículo 13, en lo que a continuación se indica:
    1.- Enmienda plano, lámina única de Plan Regulador Comunal de Vallenar, en lo siguiente:
Incorpórase área destinada a acoger el uso de equipamiento de salud, hospital, que enmarca los terrenos comprendidos dentro del polígono A-B-C-D-A, indicado y detallado en plano PRCV-03/3.

    2.- Enmienda Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Vallenar, en lo siguiente:
Incorpórese al Art. 13, Zona ZD, al final, el siguiente punto.
    ZH que comprende espacio destinado a equipamiento de salud, hospital, área con frente al camino de acceso sur a Vallenar, aplicándose las siguientes normas:

Coeficiente ocupación de suelo: 60%
Constructibilidad            : 1,8
Sistema de agrupamiento      : Aislada, pareada o
                                continua.
Rasante                      : 0,6 U. y C.
Antejardín                    : 10 a 15 m.
Nº estacionamientos          : 1 cada 10 camas

Disposiciones complementarias:

    La propiedad en su fondo de predio al talud y Zonas R3 y R4 se distanciarán de éstos con una franja no construida, paralela al talud de al menos 10 metros.

    Cristina Risi Alvarez, Asesor Urbanista, Municipalidad de Vallenar.