DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

    Núm 49.- Portezuelo, 9 de Febrero de 1994.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 43°, del decreto Ley N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales; el acuerdo del Consejo Comunal en Sesión Ordinaria N° 62, de fecha 9 de Febrero de 1994; lo dispuesto en los artículo 5° letra d y 10°, 56° letra i; 58° letra c y j; 69° letra b, todos de la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con sus modificaciones posteriores.
    Considerando: La necesidad de regular periódicamente los Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios respecto de los cuales no se han fijado un monto:
    Díctase la siguiente "Ordenanza Local sobre Permisos, Concesiones y Servicios".



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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.797 DEL DIA MARTES  |
|      22 DE FEBERO DE 1994, PAGINA 3 Y 4            |
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    Anótese, comuníquese y publiquese.- Luis R. Medina Canales, Alcalde.- René G. Schuffenerger Salas, Secretario Municipal.