REMATE DE PATENTES LIMITADAS DE ALCOHOLES QUE INDICA
    Núm. 1.357 exento.- Providencia, 29 de agosto de 2003.- Vistos: El artículo 44 del decreto ley Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales y lo dispuesto en el artículo 147 de la ley Nº 17.105, sobre Alcoholes, Bebidas Acohólicas y Vinagres, y  teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 5 letra d), 12 y 63 letra i) de la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

    Considerando:

    1.- El Acta levantada por el Tesorero Municipal de Providencia con fecha 27 de agosto de 2003, donde constan las patentes limitadas de alcoholes correspondientes al segundo semestre de 2003 que no fueron canceladas dentro de plazo.

    2.- El memorándum Nº 15.742, de 28 de agosto de 2003, de la Directora de Administración y Finanzas,
    D e c r e t o:

    1.- Procédase por el Tesorero Municipal de Providencia a rematar las patentes limitadas de alcoholes que a continuación se indican, correspondientes al segundo semestre de 2003, las que no fueron pagadas oportunamente:


    VER DIARIO OFICIAL DE 05.09.2003, PÁGINA 7.

    2.- El remate se efectuará el día 16 de septiembre de 2003, a las 10:00 horas, en la Oficina del Tesorero Municipal de Providencia, ubicada en Avda. Pedro de Valdivia Nº 963.
    3.- El valor de adjudicación no podrá ser inferior al mínimo de su clasificación. El postor beneficiario pagará además del precio de la subasta, el semestre vencido de la patente y los intereses penales devengados.
    4.- Publíquese un aviso en forma destacada los días 2, 3 y 4 de septiembre de 2003, en los diarios El Mercurio y La Tercera.
    5.- Publíquese este decreto en el Diario Oficial.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde y Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.