MODIFICA ORDENANZA SOBRE ESTACIONAMIENTO DE TAXIS
    Núm. 5.- Providencia, 11 de julio de 2003.- Vistos: Lo establecido en los artículos 3, 4, 158, 159, 163 y 164 de la ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 3 letra a), 4 letra h), 5 letras c) y d), 12, 63 letra i), 65 letra j) y 79 letra b) de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

    Considerando:

    1.- La ordenanza sobre Estacionamiento de Taxis en la comuna, aprobada con el Nº 7 de 2 de septiembre de 1997.
    2.- La necesidad de modificar la ordenanza señalada en el número precedente.
    3.- El acuerdo Nº473 adoptado en sesión ordinaria Nº 79 de fecha 8 de julio de 2003, del Concejo Municipal.

    O r d e n a n z a:

    1.- Modifícase el artículo 6º de la ordenanza Nº7 de 2 de septiembre de 1997, sobre estacionamiento de taxis en la comuna de Providencia, en el sentido de agregar el siguiente inciso:

    "En caso que la Municipalidad por cualquier causa o motivo pusiere término a la respectiva autorización para el paradero o estacionamiento reservado, el dueño del vehículo, una vez notificado de tal medida, deberá devolver a la Municipalidad el autoadhesivo y tarjeta que le fueron otorgados en su oportunidad.
    El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la Municipalidad para aplicar las sanciones a que se refiere el artículo 10º de la presente ordenanza.".

    2.- En todo lo demás continúa vigente la ordenanza Nº7 de 2 de septiembre de 1997.
    3.- Publíquese en el Diario Oficial y en extracto en un diario de mayor circulación de la comuna.
    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde y Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.