APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 37.- Colchane, 27 de mayo de 1996.
    Vistos: Estos antecedentes: El Acuerdo del Concejo Municipal adoptado en sesión extraordinaria N° 19 de 24 de Mayo de 1996; lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 19.380 y en uso de las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
    D e c r e t o:

    1.- Apruébase el adelanto de vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Colchane a contar del 1° de Julio de 1996.
    2.- Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Eustaquio Challapa Gómez, Alcalde.- Octavio Viza Baltazar, Secretario Municipal (S).