MODIFICA ORDENANZA DE FERIAS LIBRES
    Núm. 37.- Rengo, enero 24 de 1996.- Considerando: El Memorándum N° 043 de fecha 16 de enero de 1996, por el cual la Dirección de Administración y Finanzas, remite Memorándum N° 002 de 12.01.96, del Departamento de Tesorería Municipal, sobre modificación de Ordenanza de Ferias Libres de la Comuna de Rengo, aprobada por Decreto Alcaldicio N° 00045-MD, de fecha 23 de enero de 1995, publicada en el Diario Oficial el 31 de Enero de 1995.
    El acuerdo adoptado por el Honorable Concejo Municipal de Rengo en Sesión Ordinaria N° 159 de fecha 24 de Enero de 1996.
    Vistos: Las facultades conferidas por la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Texto Refundido, publicado en el Diario Oficial el 27 de Agosto de 1992,
    D e c r e t o:

    Modifícase la Ordenanza Municipal de Ferias Libres de la Comuna de Rengo, vigente, aprobada por Decreto Alcaldicio N° 00045-MD,. de fecha 23 de Enero de 1995, en el Título y artículo que se señala a continuación:
    Modifícase en el Título Segundo, Artículo 8°, números 1, 2, 3 y 5 por los siguientes:
    N° 1.- Cámbiese la expresión "Oriente" por "Poniente".
    N° 2.- Guangualí, entre Guangualí Norte y calle Sargento Aldea, día miércoles, 37 cupos de 4 x 2 metros.
    N° 3.- Calle Portales entre calle Balmaceda y calle Tucapel, día Sábado, 92 cupos de 4 x 2 metros.
    N° 5.- Localidad de Rosario, calle Libertad entre calle Juan Emparanza y calle Las Delicias, día Sábado, 150 cupos de 4 x 2 mts.
    En todo lo no modificado rige Ordenanza Municipal de Ferias Libres, vigente, aprobada por Decreto Alcaldicio N° 00045-MD de fecha 23 de Enero de 1995.

    Anótese, transcríbase, publíquese, comuníquese y archívese.- Fernando Zapata Abarca, Alcalde Suplente.- Sandra Fredes Arévalo, Secretario Municipal (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sandra Fredes Arévalo, Secretario Municipal (S).