EXPROPIA TERRENO, POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA PERTENECIENTE A SEMILLAS SEMINIS SUDAMERICA S.A.

    Decreto alcaldicio Núm. 253/(MD).- Rengo, junio 6 de 2003.- Considerando: El decreto alcaldicio Nº 226 (M.D.), de fecha 26 de mayo de 2003, a través del cual se constituyó la Comisión de Peritos Tasadores del terreno en comento; el Acta de Avalúo de fecha 03 de junio, evacuada por la señalada Comisión. El acuerdo expropiatorio adoptado por el Consejo Comunal de Rengo, en la Sesión Nº 32, Ordinaria, que se celebró el día miércoles 04 de junio de 2003, mediante el cual se aprobó el monto provisional de la tasación del terreno.

    Vistos: El decreto ley Nº 2.186, publicado en el Diario Oficial el 09 de junio de 1978, Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones; el decreto supremo 458/76, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que establece el cumplimiento del Plan Regulador; la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República, de 1996; y, en uso de las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones,

    D e c r e t o:

    Procédase a expropiar por causa de utilidad pública y al amparo del artículo 33 del D.F.L. 2/19.602, de Interior, publicado el 11 de enero de 2000, que fijó el texto refundido de la ley Nº 18.695; la cantidad de 16.814 metros cuadrados de terreno de propiedad de Semillas Seminis Sudamérica S.A., Rol de avalúo Nº 00207-00115, correspondiente a lotes 2 y B, del Fundo El Marzán de la Comuna de Rengo, inscritos respectivamente a fojas 3840, Nº 2072 y 3731, Nº 1927, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, del año 1990.

    Esta expropiación se fundamenta en la perentoria necesidad de efectuar la apertura y prolongación de la calle Balmaceda desde Diego Portales hasta El Chapetón en la ciudad de Rengo, la que aparece proyectada en el Plano Regulador Comunal.

    El monto provisional de la indemnización por el terreno que se expropia asciende a la cantidad de $98.499.000.- (noventa y ocho millones cuatrocientos noventa y nueve mil pesos); según informe, de fecha 03 de junio del presente año, emanado de la Comisión de Peritos Tasadores, nombrados por decreto alcaldicio Nº 226-MD, fechado el 26 de mayo de 2003, compuesta por don Patricio Estrada Uribe, Eduardo Schonhaut Gendelman y Alejandro Padilla Henríquez.

    La suma citada se cancelará al contado, en una sola cuota, al propietario.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, transcríbase, notifíquese y archívese.- Marcos Gatica Muñoz, Alcalde de Rengo.- América Lizama Jiménez, Secretaria Municipal.