APRUEBA ADELANTO DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 295 exento.- Taltal, 28 de agosto de 1996.- Vistos: La Ley N° 19.380, publicada en el Diario Oficial del 31 de marzo de 1995, que establece modalidades de aplicación de los Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas; el Acuerdo del Concejo Municipal tomado en Sesión Extraordinaria N° 25, celebrada el día 31 de mayo de 1996, y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    D e c r e t o:

    1.- Apruébase el adelanto de la vigencia del Reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas de la comuna de Taltal, a partir del Primer Semestre de 1997, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 19.380.
    2.- Póngase en conocimiento de los Departamentos Municipales para los trámites legales que correspondan.
    3.- Archívese el presente Decreto para el control posterior de la Contraloría Regional de Antofagasta.
    Anótese, comuníquese al Director del Servicio de Impuestos Internos II Región y publíquese en el Diario Oficial de la República.- Guillermo Hidalgo Ocampo, Alcalde.- Carlos Cordero Pérez, Secretario Municipal.