MODIFICA Y AGREGA VALORES A LA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS O SERVICIOS

    Núm. 206 exento.- Melipilla, 14 de marzo de 2003,
    D e c r e t o:


    1. Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios, correspondiente al Departamento de Tránsito y Transporte Público, en el último párrafo, en el sentido que los vehículos que se encuentran detenidos en el aparcadero municipal por hurto o robo, estarán exentos de pagar los derechos indicados, durante los primeros 180 días de bodegaje, debiendo su propietario acreditar este hecho mediante un certificado emitido por el Secretario del respectivo tribunal, a cuya disposición se encuentra el vehículo. Aquellos cuya retención en el aparcadero municipal se deba a accidentes de tránsito y su propietario o conductor acredite sobreseimiento en el proceso por falta de responsabilidad en el accidente, estarán igualmente exentos del pago de estos derechos durante los primeros 180 días de bodegaje, debiendo acreditar este hecho en la forma antes señalada. En estos casos la exención de derecho deberá ser declarada por decreto alcaldicio.

    2. Agréguese el siguiente valor al artículo 3º de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios, correspondiente al Departamento de Rentas y Patentes: Venta de CD "Melipilla Canta en Familia" a instituciones que participaron en la producción, por la suma de $1.000.
    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial, Diario Local y archívese. Fernando Pérez Villagrán, Alcalde.- Jorge Guaico Madrid, Secretario Municipal.