MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES QUE INDICA
    Núm. 18.- Huasco, Febrero 28 de 1995.- Vistos:
    a) La necesidad de regular periódicamente los derechos municipales, por concesiones, permisos o servicios, respecto a los cuales no se ha fijado un monto.
    b) Que es de conveniencia fijar un texto refundido de la Ordenanza Local sobre derechos municipales, a objeto de adecuarla a la realidad de la Comuna.
    c) Certificado de Acuerdo N° 072, del Concejo Municipal, de fecha 28 de febrero de 1995, que aprueba la presente disposición.
    d) Los Artículos 41, 42 y 43 del D.L. 3.063 de 1979, sobre Ley de Rentas Municipales y teniendo en cuenta las atribuciones que confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
    Decreto:

    1°.- Se aprueba las modificaciones, inserciones y eliminaciones a la Ordenanza Local, como se detalla a continuación.
-  Eliminar en el Capítulo VIII, Art. 18, el Punto N° 19.
-  Agregar en el Capítulo VIII, Art. 18, como Punto N° 19.
-  Extracción de materiales áridos, en
    B.N.U.P., por persona, sin uso de maquinaria
    pesada, mensual. ___________________ 1 U.T.M.
-  Extracción de materiales áridos, en
    B.N.U.P., durante períodos determinados, mediante uso de maquinaria pesada, por M3 a
    extraer __________________________ 1% U.T.M.
-  Modificar en el Capítulo IX, Art. 19, el
    Punto N° 7, Bases Administrativas Técnicas y
    sus Antecedentes.
-  Monto Menor a $10.000.000 __________ 1 U.T.M.
-  Monto Mayor a $10.000.000 __________ 2 U.T.M.
-  En el Capítulo VI, Art. 16, se modifica la
    letra A) por derechos de construcción nichos,
    mausoleos, capillas, por M2 _____ 1 U.T.M.
    Y se agrega la letra E) por nichos a 20
    años _____________________________ 1 U.T.M.
    La Autoridad Comunal previo Informe del Depto. Social Municipal, podrá rebajar o ceder en gratuidad los derechos del Art. 16.
    2°.- Publíquese la presente disposición en el Diario Oficial de la República de Chile.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Gregorio González Murillo, Alcalde.- Alfredo Moller Valenzuela, Secretario Municipal y Alcaldía (S).