APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 17.- Camiña, 25 de Mayo de 1996.- Vistos: El acuerdo del Concejo Municipal, adoptado en sesión ordinaria N° 19, de 25 de Mayo de 1996; lo dispuesto en el Art. 2° de la Ley 19.380, y las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Decreto:

    1°) Apruébase el adelanto de vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Camiña, a contar del 1 de Julio de 1996.
    2°) Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial.

    Anótese, refréndese y comuníquese a quien corresponda.- Sixto García Cáceres, Alcalde.- Alejandro González Vega, Secretario Municipal.