MODIFICA ORDENANZA LOCAL PARA LA EXTRACCION DE ARIDOS DESDE POZOS LASTREROS DE PROPIEDAD PARTICULAR Núm. 3.- Lampa, 3 de Febrero de 1995.- Vistos y Teniendo Presente: La Ordenanza Municipal N° 01 de 02.01.95 sobre Extracción de Aridos desde Pozos Lastreros de Propiedad Particular en la Comuna de Lampa; el Acuerdo N° 210 del H. Concejo Municipal celebrado en la 2a Sesión Extraordinaria realizada con fecha 01.02.95; el oficio Ord. N° 50 de fecha 01.02.95 de la Dirección de Obras Municipales; y las facultades y atribuciones que me confiere la Ley N° 18.625, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando: El oficio Ord. N° 066 de fecha 23.01.95 del Sr. Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas
    vengo en dictar la siguiente:

    MODIFICACION A LA ORDENANZA LOCAL PARA LA EXTRACCION
DE ARIDOS DESDE POZOS LASTREROS DE PROPIEDAD PARTICULAR
EN LA COMUNA DE LAMPA
a.-  Se cambia el texto del Título I artículo 2° por el siguiente:

      "Artículo 2°: Para los efectos de la Ordenanza, se entiende como Pozo Lastrero todo yacimiento en explotación o potencialmente explotable, que se localice en terrenos consolidados, como depósitos fluviales o aluviales antiguos, y que contengan predominantemente arenas, ripios, gravas u otros materiales cuyo destino preferentemente sea la construcción. Se excluye de esta categoría a las excavaciones existentes en lechos fluviales actuales".

b.-  Se cambia el texto del Título I artículo 3° punto 6° por el siguiente:

      "Artículo 3° punto 6°: En caso de los predios colindantes a esteros o cursos de aguas naturales que soliciten permiso para extraer áridos deberán contar con un informe favorable del Departamento de Obras Fluviales de la Dirección de Vialidad Metropolitana del Ministerio de Obras Públicas, que establezca la franja de protección mínima".


    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente Decreto a los departamentos municipales que corresponda, Tesorería Municipal, Juzgado de Policía Local y Tenencia de Carabineros de Lampa. Publíquese en el Diario Oficial. Hecho archívese.- Carlos Escobar Paredes, Alcalde.- Eduardo Araneda Muñoz, Secretario Municipal.