MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS O SERVICIOS
    Chillán, Junio 22 de 1993.- Esta Alcaldía decreta hoy lo que sigue:
    Núm. 2.- Vistos: Estos antecedentes. Lo dispuesto en los Arts. 58 letra c) y 69 letra b) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y 42 y 43 del D.L. N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales.
    Considerando:
    a) La conveniencia de interrumpir transitoriamente por el lapso de 1 año, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la República de la presente Ordenanza, la exigencia del derecho municipal establecido en el N° 5 del Art. 18 de la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios actualmente vigente en la comuna, relativo a la ocupación de recintos deportivos municipales para efectuar espectáculos con entrada pagada; y
    b) El acuerdo prestado por el Honorable Concejo Municipal de Chillán en sesión ordinaria de fecha 21 de junio de 1993.
    Decreto:

    Interrúmpase transsitoriamente por el lapso de 1 año, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la República de la presente Ordenanza, la exigencia del derecho municipal establecido en el N° 5 del Art. 18 de la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios actualmente vigente en la comuna, relativo a la ocupación de recintos deportivos municipales para efectuar espectáculos con entrada pagada.

    Anótese e infórmese al Sr. Intendente Regional de la Octava Región del Bío Bío, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a las Direcciones Municipales pertinentes y archívese.- Mario Arzola Medina, Alcalde de Chillán.- Vasco Sepúlveda Landeros, Secretario Municipal.