PRORROGA ORDENANZAS MUNICIPALES N°s. 1 Y 116, DE 1988
    Núm. 3 exento.- Palmilla, 09.01.89.- Considerando: La necesidad de regular anualmente los derechos municipales por concesiones, permisos o servicios respecto de los cuales no se ha fijado su monto, y
Vistos: Las facultades que me confiere el artículo 41 y siguientes del DL 3.063/79 Rentas Municipales, Ordenanzas Nro. 1 de 04.01.88 y Nro. 116 de 27.05.88. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nro.
18.69S modificada por Ley Nro. 18.702,

      Decreto:

    Prorrógase por un año a contar del 01.01.89, las ordenanzas municipales Nro. 1 de 04.01.88 y Nro. 116 de 27-0588, que fijan los derechos municipales que deben cancelar por convenios, permisos o servicios los particulares o instituciones que solicitan al municipio éstos.


    Anótese, infórmese al Sr. Intendente VI Región del Libertador General don Bernardo O'Higgins Riquelme, transcríbase a las direcciones pertinentes y archívese.- Osvaldo Berríos Balestra. Alcalde (S).- Leonel Littin Luengo. Secretario Municipal (S).