APRUEBA ORDENANZA SOBRE FUNCIONAMIENTO DE LOCALES DE ENTRETENIMIENTOS ELECTRONICOS Y OTROS
Núm 1.- Doñihue, 9 de abril de 1996.- Considerando:
Que, la Ilustre Municipalidad de Doñihue, a través del Departamento de Tránsito y Patentes, confeccionó la Ordenanza que regirá para el funcionamiento de locales de entretenimientos electrónicos y otros, en la comuna de Doñihue.
Que es imprescindible establecer disposiciones claras sobre dicha ordenanza.
El acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria N° 179, de fecha 28 de marzo de 1996 y, Vistos: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
D e c r e t o:
Apruébase la siguiente Ordenanza Municipal para Funcionamiento de Locales de Entretenimientos Electrónicos y Otros como: Flippers, sala de video, sala de billares y pool, juegos de taca taca y otros de la misma especie.
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.471, LUNES 20 DE |
| MAYO DE 1996, PAGINA 3. |
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Anótese, publíquese y archívese.- Jorge Escanilla Cornejo, Alcalde.- Luis H. Jara Sánchez, Secretario Municipal.