ART. 223.
Los miembros de los tribunales de justicia colegiados o unipersonales y los fiscales judicialesLEY 19806
Art. 1
D.O. 31.05.2002, sufrirán las penas de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares y la de presidio o reclusión menores en cualesquiera de sus grados:
Art. 1
D.O. 31.05.2002, sufrirán las penas de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares y la de presidio o reclusión menores en cualesquiera de sus grados:
1° Cuando a sabiendas fallaren contra ley expresa y vigente en causa criminal o civil.
2° SuLey 21121
Art. 1 N° 3
D.O. 20.11.2018primido.
Art. 1 N° 3
D.O. 20.11.2018primido.
3° Cuando ejerciendo las funciones de su empleo o valiéndose del poder que éste les da, seduzcan o soliciten a persona imputada o que lLEY 19806
Art. 1
D.O. 31.05.2002itigue ante ellos.
Art. 1
D.O. 31.05.2002itigue ante ellos.