MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

    Núm. 264.- Lota, 27 de Febrero de 1989.- Vistos:
    1.- La Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, aprobados por Decreto Alcaldicio N° 1.028, de 31 de Diciembre de 1984, publicado en el Diario Oficial de fecha 31 de Enero de 1985.-
    2.- Los Decretos Alcaldicios que se pasan a señalar, modificatorios de la referida Ordenanza Local;
    2.1. Decreto N° 1.313, de 26.11.85, publicado en
          el Diario Oficial el 15.12.85;
    2.2. Decreto N° 81, de 29.01.86, publicado en el
          Diario Oficial el 17.02.86;
    2.3. Decreto N° 151, de 20.02.86, publicado en el
          Diario Oficial al 04.03.86;
    2.4. Decreto N° 775, de 21.08.86, publicado en el
          Diario Oficial el 01.09.86;
    2.5. Decreto N° 73, de 26.01.87; publicado en el
          Diario Oficial el 30.01.87;
    2.6. Decreto N° 640, de 30.06.87, publicado en el
          Diario Oficial el 08.07.87;
    2.7. Decreto N° 063, de 21.01.88, publicado en el
          Diario Oficial el 27.01.88;
    2.8. Decreto N° 638, de 09.06.88, publicado en el
          Diario Oficial el 15.06.88,
    2.9. Decreto N° 111, de 25.01.89, publicado en el
          Diario Oficial el 31.01.89;
    2.10. Decreto N° 119, de 26.01.89, publicado en el
          Diario Oficial el 13.02.89;
    3.- El Artículo 43°, inciso 2° de la Ley de Rentas Municipales,
    Y, en uso de las facultades que me confiere el Artículo 10° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

      Decreto:

    Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, aprobada por Decreto Alcaldicio N° 1.028, de 31 de Diciembre de 1984, publicada en el Diario Oficial de fecha 31 de Enero de 1985, y sus modificaciones, en la siguiente forma:

    1° Modifícase el Artículo 4°, según se indica:

    a) Agréguese el siguiente número:

"21.-  Derechos de construcción en Cementerio
      obras nuevas, ampliación y
      reparación. . . . . . . . . . . . . . . 3,0% del
                                          presupuesto.

    Anótese, comuníquese, infórmese al Sr. Intendente de la VIII Región, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- José Manuel Ramírez Rojas, Alcalde.- José Miguel Arjona Ballesteros, Secretario Municipal.