Art. 1226. En lo no dispuesto en este Libro, laLEY 18680
Art. primero
D.O. 11.01.1988
verificación e impugnación de los créditos y los repartos se regirán por las normas pertinentes de la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Ley 20720
Art. 347 Nº 19
D.O. 09.01.2014
Personas. Igualmente, se aplicarán a los liquidadores las causales de cesación en el cargo que establece dicha ley.