ACTUALIZA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS, PROPAGANDA, OCUPACION DE BIENES DE USO PUBLICO Y OTROS SERVICIOS
Perquenco, 21 de Febrero de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 32.- Vistos:
1.- La necesidad de actualizar la Ordenanza local de Derechos Municipales sobre concesiones, permisos, propaganda, ocupación de bienes de uso público, y otros servicios, por Decreto Alcaldicio N° 1 del 02 de Enero de 1988 y publicado en el Diario Oficial N° 32.981 del 28 de Enero de 1988.
2.- Lo dispuesto en los artículos N° 42 y 43 del DL 3.063/79 Ley de Rentas Municipales;
3.- Lo contemplado en el artículo N° 10 de la Ley N° 18.695.- Ley Org nica Constitucional de Municipalidades y;
4.- En uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Ley Org nica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
1.- Apruébase la actualización y modificación de la Ordenanza Local sobre derechos municipales por concesiones, permisos, propaganda, ocupación de bienes de uso público y otros servicios en los artículos y letras que se señalan la cual comenzar a regir a contar de la publicación en el Diario Oficial.
Artículo N° 1.- Inspección Municipal:
- Letra c, debe decir:
Matadero Municipal.
Vacuno o Caballar: $ 500.- con IVA.
Lanares $ 250.- con IVA.
- Letra e, debe decir:
Infracciones Municipales de animales, con ingreso a
corralones (Diario)
Vacunos, caballares y cerdos: 10% UTM
Lanares 5% UTM
Aves 1% UTM
- Letra f, debe decir:
Infracciones Municipales de animales, sin ingreso a
corralones (Diario)
Vacunos, caballares y cerdos: 5% UTM
Lanares 2,5% UTM
Aves 0,5% UTM
- Letra g, debe decir:
Los valores que regirán a contar del 01 de Enero de
1989 ser n los que se indican y tendrán una duración
hasta el 31 de Enero de 1990.
Lunes a Viernes:
Niños: $ 30.-
Adultos: $ 50.-
Vehículos: $ 200.- (Diario)
Carpas: $ 300.- (Diario)
Sábados, Domingos y Festivos
Niños: $ 50.-
Adultos: $ 100.-
Vehículos: $ 200 (Diario)
Carpas: $ 300 (Diario)
Delegaciones de estudiantes de otras comunas pagarán $ 1.000.- hasta el 31 de Diciembre de 1989.
Instituciones de la Comuna, Delegaciones de estudiantes de la comuna quedarán exentos de dichos cobros hasta el día 31.12.89.
- Letra h, debe decir:
Los permisos de venta para los días 20 de Enero y 20 de Marzo serán estipulados mediante Decreto Alcaldicio con fecha 10 de Enero y 10 de Marzo de cada año.
- i, debe decir:
Derechos varios (Beneficios).
i.1. Torneos deportivos: 1/4 UTM
i.2. Bingo: 1/4 UTM
i.3. Rifas: 1/8 UTM
i.4. Bailes, curantos, discotheque, peñas y
similares: 1/4 UTM
i.5. Circos (M ximo 2 días de función): 1/4 UTM
i.6. Té bailable 1/8 UTM
i.7. Show 1/8 UTM
i.8. Quedarán exentos de pago por estos beneficios
todas las Instituciones dirigidas por la Primera
Dama de la Nación, las Juntas vecinales y Bomberos.
i.9. Películas: 1/8 UTM
i.10. Bazar 2,5% UTM
(Diario)
i.11. Derechos de aseo: $ 602.- el
cual ser
reajustado el
Segundo
Semestre de
acuerdo a la
variación del
I.P.C.
Artículo N° 2.- Departamento de Tránsito: - Letra d, debe decir:
Permisos provisorios para traslado de vehículos $ 500.- en Impuestos municipales.
Artículo N° 3.- Juzgado de Policía Local: - Letra a, debe decir:
Solicitudes de traslado de Licencia de conducir de Juzgado a Juzgado, fuera del monto de la infracción: 10% UTM.
Artículo N° 4.- Departamento de Obras:
- Agréganse los puntos: 3, 4 y 5
3.- Extracción de áridos 1,5% UTM por m2., procedente de las riberas del río Cautín.
4.- Toda propaganda que se realice en la vía pública o que sea vista u oída desde la misma, pagar los siguientes derechos municipales:
Letreros de publicidad de:
0 - 6,0 m2. 1,0 UTM
6,1 - 14 m2. 1,5 UTM
14,1 - 20,0 m2. 2,0 UTM
sobre - 20 m2. 3 UTM
Letreros luminosos en ruta 5: 1,5 UTM
5.- Certificado de número: 2 % UTM
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Luis Urdelleta Quintas, Alcalde de la Comuna.- Alejandro Pacheco Valdés, Secretario Municipal.