MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
    Galvarino, 31 de diciembre de 2001.- Esta Alcaldía decreta hoy lo que sigue:

    Núm. 696 exento.- Vistos estos antecedentes:

1.  Lo dispuesto en los artículos 41 y 42 del texto refundido y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 3.063 del año 1979, sobre Rentas Municipales y sus modificaciones.
2.  Decretos alcaldicios Nos 476/98; 614/99 que dicta ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios y modificaciones efectuadas mediante decreto exento 593/2000;
3.  La necesidad de adecuar la ordenanza sobre los Derechos Municipales;
4.  El acuerdo adoptado en reunión extraordinaria Nº 25 del 27.12.2001, del Concejo Municipal de Galvarino.
5.  Las atribuciones que me confiere la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el DFL Nº 2/19.602,
    D e c r e t o:


    1. Díctase las siguientes modificaciones a la ordenanza local, como se indica a continuación:

    T I T U L O III

    Artículo 4º, número 6, se reemplaza por lo siguiente:

De tracción animal o humana              5% UTM mensual
Motos, motocicletas y motonetas        15% UTM mensual
Automóvil, S. wagon, furgón y
camioneta, Camión, bus, tractor
y otros no clasificados                25% UTM mensual
Valor mensual o proporcional de acuerdo a número días.

    T I T U L O IV

    Artículo 5º, se reemplaza la letra A por la siguiente:

Vendedores ambulantes                  10% UTM mensual
Se elimina valor permiso diario.

    T I T U L O V

    Artículo 6º Se agrega en letra C:

Se exime el cobro certificado de Rol  2,5% UTM mensual Cuando se requiera para trámites de subsidios.

    T I T U L O VII

    Artículo 9º, letra B se agrega la siguiente letra C:

Instalación feria artesanal de
artesanos de la comuna de Galvarino    10% UTM mensual.

    T I T U L O VIII

Se rebaja valor en letra A oficios
solicitados por particulares y
exhortos                                5% UTM mensual.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial de la República, comuníquese y transcríbase a los departamentos pertinentes y archívese.- Marcos Hernández Rojas, Alcalde.- Clara Neculhueque Marín, Secretaria Municipal.