MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 1.428.- Putaendo, 16 de noviembre de 2001.- Vistos: Estos antecedentes; la necesidad de modificar y complementar la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, Concesiones y Servicios fijados por decreto Alcaldicio Nº 55 de fecha 24 de enero de 1995, publicada en el Diario Oficial con fecha 9 de febrero del mismo año; el artículo 42º del decreto ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; el acuerdo de Concejo sesión Nº33 de fecha 12 de noviembre de 2001, y las atribuciones que me confiere el DFL Nº 2/19.602, texto refundido de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
D e c r e t o:
I. Efectúase la modificación de la Ordenanza Municipal en la forma que a continuación se indica.
Derechos Municipales por servicios, concesiones y otros:
Artículo 4º.
1. Retiro de escombros, por metro cúbico 20% UTM
2. Retiro de ramas, hojas y otros
provenientes de jardines, por
metro cúbico 20% UTM
3. Retiro de basuras y desperdicios
provenientes de industrias o
particulares, por metro cúbico 20% UTM
4. Retiro de productos químicos y
residuos peligrosos 30% UTM
Artículo 6º
2. Estacionamiento para vehículos
reservados para particulares,
por metro cuadrado. 4% UTM
10. Uso de espacio de la vía pública
por vehículos comerciales de
locomoción colectiva, en lugares
previamente autorizados por el
municipio, costo mensual:
a) Taxis básicos, taxis colectivos,
radiotaxis 0.50 UTM
b) Furgones escolares 0.25 UTM
c) Microbuses 0.50 UTM
Artículo 8º
1. Funcionamiento de circo por cada
semana o fracción
- Con capacidad hasta 500 personas 20% UTM
- Con capacidad superior a 500 personas 40% UTM
Artículo 11º
1. Comerciantes ambulantes peatonales
con mercadería de escaso valor, diario 2% UTM
2. Comerciantes ambulantes en vehículo,
diario 6% UTM
6. Se agrega a los términos leche, pescados,
mariscos. También pan amasado.
Artículo 13º
9. Certificados de número, línea,
recepción venta por pisos, planos,
no expropiación. 10% UTM
Artículo 16º
3. Certificados de cualquier naturaleza,
con excepción de los que la ley o el
reglamento declara exentos. 10% UTM
9. Se agrega en venta de bases
administrativas, técnicas y también
Municipales.
Artículo 17º
6. Se incorpora a la última frase, ribera
de río y esteros.
Artículo 19º
Sobre derechos municipales ocupación del Estadio Fiscal y Gimnasio Municipal de Putaendo.
- Realización de eventos deportivos con fines de lucro se cobrará una tarifa especial.
II. Anótese, comuníquese, y transcríbase a los Deptos. Municipales correspondientes, publíquese en el Diario Oficial de la República de acuerdo a la normativa vigente y archívese.- Roberto Martínez Jarufe, Alcalde.- Eduardo A. Muñoz Miranda, Secretario Municipal.